viernes, julio 13, 2007

Comentarios sindrome alienacion parental

1. Síndrome de Alienación Filial

lavanguardia.es / 12.07.2007

http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20070712/53375107444.html

PAULINO CASTELLS CUIXART


A la vista de los acontecimientos que se vienen sucediendo con la niña de Manresa de ocho años de edad, que una juez dio en custodia al padre porque había habido un supuesto "Síndrome de Alienación Parental" (sobre el cual me resisto a pronunciarme ya que, por el momento, a título personal como psiquiatra que atiende temas de familia, dudo de su existencia) propongo
que, en el caso improbable de utilizar este nuevo término, tendría que hablarse de "Síndrome de Alienación Filial" porque, en este caso, quien puede llegar a "enloquecer" (alienado es como antaño se denominaba al loco) es esta desorientada hija.

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Aunque desconozco los intríngulis que rodean este lamentable caso (de que si uno de los progenitores utilizó a la niña en contra del otro cónyuge, de si no fue así, etc.), lo que salta a la vista es que la niña se encuentra, hoy por hoy, en la penosa situación de tener que decidir sobre la conducta a seguir con respecto a la convivencia con ambos padres. O de si sólo le
queda la fuga del hogar paterno como única solución.

Hay que tener mucho tacto para separar a un hijo del progenitor con el que lleva años conviviendo, para dárselo en exclusiva al otro, prohibiendo cualquier contacto con el que, supuestamente, no ha ejercido adecuadamente su papel parental.

El hijo tiene que interiorizar un nuevo y brusco cambio de percepciones ya que quien antes era considerado "su enemigo" ahora es "su amigo", y viceversa con respecto al otro progenitor.

A
esta niña se le está produciendo, pues, lo que en términos psiquiátricos conocemos como un conflicto de lealtades. Las consecuencias mentales en esta menor están por verse.

2. Custodia y maltrato a menores

20minutos.es / 12.07.2007

http://www.20minutos.es/carta/258833/0/custodia/maltrato/menores/
Existen menores con padre y madre, pero con miedo a amar a uno de ellos en presencia del otro. Niños que crecen sin ser educados y criados por ambos progenitores. Niños solos en la oscuridad de la venganza y la codicia, moneda de cambio entre progenitores y abogados. Menores víctimas,
manipulados, alienados y obligados a odiar a un progenitor y al resto de la familia de éste porque deben odiarlos. Odiar para olvidar, para quitar el miedo, para protegerse y contentar a «la mano que mece la cuna» viviendo en la mentira impuesta.

Estos menores crecen indefensos en el maltrato emocional tan condenable como el maltrato físico. La mediación familiar es un instrumento de prevención que se debe potenciar para prevenir este maltrato. Pero también se necesitan más juzgados de familia, servicios sociales de protección de menores y profesionales de solvencia, con leyes y protocolos que controlen
y acaben con celeridad estos abusos. Y sobre todo valentía y sensibilidad de todos ellos para defender a estos niños víctima.

Hay que sensibilizar, actuar y condenar ya que para un correcto desarrollo infantil se necesitan a los dos progenitores para educarlos no para poseerlos y destruirlos.


Por una igualdad juridica y no discriminacion por razon de sexo. LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Artículo 1. Objeto de la Ley.

Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes.

Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

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