jueves, enero 31, 2008

El Síndrome de alienación parental y el "otro" feminismo

 
José Ramón Viesca y María Jesús Álvarez, Presidente y Secretaria de Aequalitis Civica

- 14/01/2008, 15:21




José Ramón Viesca y María Jesús Álvarez son el Presidente y la Secretaria, respectivamente, de la Asociación Aequalitis Civica, que afronta problemas como el del maltrato, sobre todo a los niños; el síndrome de alineación parental o los problemas de la mujer en el medio rural. Ambos responden a las preguntas de EL CIEN.
-¿De qué presupuestos parte y cuales son los objetivos de su asociación?
Partimos de considerar adecuado que ambos progenitores promuevan, persigan, reclamen y desarrollen "el derecho de los hijos a ser atendidos en igualdad por ambos progenitores, incluso tras una ruptura de pareja". De este modo, los hijos disponen de dos personas para las atenciones en cuanto a alimentos en amplio sentido, educación, apoyo educativo, emocional, relaciones sociales, acometer los problemas, etc. Perciben que ambos progenitores son aptos e idóneos para todas las atenciones, no percibiendo ejemplificación inadecuada en cuanto a asunción de roles, teniendo mayores opciones a tender a reproducirlo de adultos al ver ejemplificada la igualdad real de funciones entre sexos. De igual modo, ambos progenitores pueden desarrollarse en igualdad laboral y familiarmente, sin suponer para ninguno de ellos una sobrecarga de funciones laborales y familiares.
-¿Qué es lo mejor para los niños, según ustedes?
 
Cuando existe una ruptura de pareja, se conviene que los menores, por su bien, deben percibir las menores diferencias respecto a la situación anterior a la separación, en el aproximadamente 99 por ciento de las separaciones y divorcios no se mantiene. En esa situación los menores pasan a percibir que lo adecuado es que uno de los adultos se sobrecargue de funciones, laborales y familiares, y el otro, el no custodio, sea un mero aliciente en mitad de días no lectivos.
-Eso está creando problemas para los menores y los mayores...
Si tenemos en cuenta que el 95 por ciento de las custodias son maternas, es fácil entender que se están creando bolsas de menores que perciben que lo adecuado es que la madre esté sobrecargada de funciones y el padre exento de ellas, cuestión que tenderán a reproducir.
El progenitor custodio verá mermadas sus posibilidades laborales y también las familiares, el exceso de responsabilidad y funciones le impedirá evolucionar laboralmente y familiarmente, la sobrecarga y tensión, ocasionará merma de rendimiento y calidad de las atenciones a los hijos y en el trabajo. El no custodio, al quedar exento de dichas funciones familiares, quedará mermado emocionalmente, al tiempo que su faceta laboral podrá resentirse al tiempo.
Si se asigna a los hijos la vivienda común en propiedad, el custodio dispondrá de ella, pagándola ambos si trabajan o el que percibe remuneración. Sin embargo el no custodio deberá seguir pagando dicha vivienda y aprovisionándose de otra de similares características para que los menores, en las visitas, no perciban desigualdad en las condiciones de vida. Cuestión difícil de conseguir al tener que mantener dos casas.
-¿En qué perjudica esto a los menores?
 
Recientemente se dio a conocer un estudio realizado por el Principado en que se reflejaba que los menores "que no conviven con ambos progenitores son mas proclives a consumir drogas. Existen otros estudios que reflejan una mayor tendencia al fracaso escolar, adopción de conductas no recomendables socialmente, maternidades y paternidades precoces así como otros problemas relacionados con la pérdida del referente paterno.
Del mismo modo que la mujer recibe mensajes, formación y apoyo, desde las distintas administraciones, para integrarse social, laboral y familiarmente, parece lógico que el varón recibiera similares apoyos para que la evolución sea pareja, de no ser al unísono dicha evolución existirán conflictos. Es evidente que si la mujer separada entra en unas problemáticas, el varón sufre otras, por tanto los apoyos que a él le ofrezcan deberán ser adecuados y emitidos desde organismos especializados a su problemática. Las alternativas de solución a las problemáticas de ambos progenitores deben ir referenciadas al bien del menor, y parece evidente que la fórmula es que ambos progenitores queden en condiciones similares y no parece que haya otra posibilidad que desarrollar la custodia compartida, estudiando en profundidad las distintas opciones según casos, ya que es la que beneficia al menor, a ambos progenitores y a la sociedad en general.
-¿Como se puede solucinar?
El feminismo igualitario lo representan los hombres y mujeres que promueven la custodia compartida, paradójicamente el feminismo no igualitario, el radical, el que en estos momentos pretende abanderar la representatividad de la mujer, promueve que la mujer que se divorcie vuelva a modelos de abnegación inadecuados para ella y sus hijos, promueve realmente el retorno o pervivencia de modelos familiares arcaicos, en contraposición a su otro discurso de promover la igualdad real para la mujer.
 
-¿Y como se puede solucionar el tema del maltrato en el ámbito familiar?
Parece evidente que el maltrato tanto físico como psicológico que se produce en la familia entre sus integrantes se da en todas direcciones, independientemente de sexos y edades, siendo una constante en ese maltrato la dependencia económica, emocional e incluso física. Los colectivos mas vulnerables son los mas dependientes económica y emocionalmente y es, sobre todo, la infancia, siendo su dependencia total. Por tanto, parecería lógico priorizar la prevención sobre el maltrato en ellos, sin embargo no es así. Para los menores, no existen fórmulas urgentes de resolución judicial, pudiendo durar un proceso para dirimir guarda y custodia o sobre maltrato no menos de un año, incluso varios, este extremo es considerado por algunos juristas y por el Defensor del menor como causa de presunto maltrato institucional a la infancia. No debe olvidarse que dos tercios del maltrato en ámbito familiar de todo tipo que sufre la infancia lo infringe la madre, según datos del Observatorio contra la violencia a la Infancia "Reina Sofía" y Save the Children.
Parece que a dicho maltrato casi ningún colectivo o institución lo considera prioritario. Es sintomático de en que grado de preservación está "el bien del menor", por el que se dictan las sentencias de familia.
-¿Qué es el Síndrome de alienación monoparental del que ahora tanto se habla?
Existe un tipo de maltrato en el ámbito familiar, especialmente tras una ruptura de pareja, que es la influenciación de los hijos, por el custodio y su entorno, contra el otro progenitor, generalmente el no conviviente con los menores, para favorecer que estos, con el tiempo descalifiquen y odien a esa figura. Esta situación puede producir secuelas psíquicas irreversibles que llegan a influir en la autoestima, empatía y estabilidad emocional. La terapia que se sigue generalmente es la de invertir la convivencia por orden judicial, si bien esto se realiza como curación a un daño que ya sufrió el menor y que no se previene. Los procedimientos pueden dilatarse años, con lo que, en ocasiones, la resolución judicial llega tarde, al convertirse el menor en mayor de edad y poder decidir no someterse a él. También se debe tener en cuenta que los casos graves tienden a aparecer y evolucionar en la adolescencia, con lo cual se convierte en una carrera contra reloj el detectar, denunciar, demostrar, conseguir resolución judicial y curar…
-También se está hablando mucho de las denuncias falsas de maltrato como arma arrojadiza?
La aplicación de la Ley de Violencia de Género supone que una denuncia contra el varón implica que este preventivamente es apartado de la casa e hijos. No es difícil comprender que mujeres con una "ética interesada" aprovechen inadecuadamente esta posibilidad, acelerando el proceso de separación o divorcio e inutilizando al otro progenitor para disponer de cualquier opción de participar en las atenciones igualitarias ideales para los hijos, al tiempo que consiguen otras ventajas (prioridad en VPO, ayudas económicas, preferencia en determinados puestos de trabajo, nacionalidad española si son extranjeras, etc.)
Juristas de prestigio alertan que la LVG supone una interferencia del derecho penal en los procedimientos civiles de familia, sirve para acelerar de urgencia, desde la vía penal, los divorcios y blindar los resultados de los mismos, ya tradicionalmente lesivos para los menores, padres y madres, por los motivos expuestos anteriormente. También es a reseñar que hay juristas que alertan que la imposición de penas muy elevadas a casos menos graves de violencia puede llevar a los infractores a delinquir de forma mas drástica ya que consideran que la diferencia de pena "puede" compensar.
-¿No se está privando, en estos casos, de la presunción de inocencia al acusado y se pasa directamente a la presunción de culpabilidad?
La ley priva al varón de la presunción de inocencia, debiendo invertirse la carga de la prueba, se pasa de tener que demostrar un daño para que exista una condena a tener que demostrarse la inocencia para evitarla. Existen varias cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por juzgadores a ese respecto.
-Es  una ley mala, por lo tanto y en su opinión...
El movimiento feminista igualitario, representado por "otras feministas" que aglutinan personalidades, profesionales y colectivos diversos, estiman que la ley de violencia de género sustituye la arcaica protección y tutela de la mujer por el varón por la protección y tutela de la administración, impidiendo que la mujer realmente asuma la igualdad y capacidad de independencia que le corresponde. También alertan de que se está judicializando, o se da la opción a hacerlo, todo comportamiento en pareja que suponga discrepancia. Abogan por diferenciar claramente casos graves de los menos graves o triviales o denuncias falsas como forma de no atascar los juzgados y que la mujer que realmente precise atención judicial disponga de ella sin tener que competir con casos no urgentes o falsos.
-Hay un caso del que se ha hablado mucho, que es el de Barcelona...

Ni que decir tiene que la interposición de denuncias falsas o interesadas persiguiendo espúreos intereses perjudican a los menores al separarlos del progenitor falsamente denunciado. A éstos y a las mujeres que realmente precisan la justicia para resolver situaciones reales de maltrato.
Como evidencia de la existencia y daño de las denuncias falsas es a reseñar uno que a todos sobresaltó, el caso de Alba, la niña de Barcelona que hace algo mas de año y medio, tras una sucesión de maltratos, cayó en coma, estando bajo la custodia de la madre, por estar separados sus progenitores. Sin embargo, el primer detenido fue el padre biológico, quedando posteriormente en libertad, tras comprobarse que era una denuncia falsa de la madre para evitar su responsabilidad. El padre tardó meses en poder ver a su hija y aún no dispone de la custodia.

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