miércoles, abril 02, 2008

Una madre, condenada a pagar 19.000 euros por una «incorrecta» educación (en custodia monoparental).

 
  (Es lo normal: a custodia materna corresponde mayor fracaso escolar e inadaptación social).

http://www.abc.es/20080323/sociedad-sociedad/madre-condenada-pagar-euros_200803230246.html

LOLA RODRÍGUEZ. SEVILLA. 23.03.2008

La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros
por la agresión de su hijo en un instituto. La sentencia, contra la
que no cabe recurso, señala a la madre como responsable de
la «brutalidad» de su hijo adolescente y además, la condena en costas
con 5.000 euros que tendrá que pagar a los padres de la víctima.

La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha
tenido acceso Efe, condena a I.R.G a pagar el tratamiento de
reconstrucción de los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a un
compañero, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro
de su aula del instituto Castalla, en Castilleja de la Cuesta, el 17
de noviembre de 2003.

En el juicio, la madre, defendida por un abogado de oficio, alegó la
responsabilidad del centro educativo por no hacer «labores
suficientes de vigilancia» de los alumnos, pero la sentencia replica
que al tratarse de «adolescentes que cursan estudios de secundaria no
es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos». En
cambio «la brutalidad e intensidad» de la agresión evidencian «una
falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de
costumbres en el agresor para la convivencia en valores», señala la
sentencia.
Así, la Sala considera que las tareas educativas correctoras han
pecado de «laxitud y tolerancia» y confirma el primer fallo judicial
del Juzgado de Primera Instancia número 8 que hablaba de «incorrecta
educación». Esta es una de las peculiaridades del caso, por el hecho
de que la ley de enjuiciamiento civil establece la responsabilidad
patrimonial en los padres, y para basarse en ello alude a la
educación que ha de recibir en casa.

Así, en lugar de la administración, la condena afecta en su totalidad
a la madre del menor, I.R.G, quien según fuentes judiciales, está
separada y posee la guarda y custodia de su hijo. La indemnización
corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de
reconstrucción ósea de la mandíbula, que el menor deberá continuar
hasta los 18 años por encontrarse en una etapa de crecimiento, y
otros 3.000 euros por los daños morales durante los días que la
víctima estuvo impedida de ir a clase. Según fuentes del caso, los
padres de la víctima aún no han cobrado ninguno de estos importes, ni
los 5.000 euros establecidos en la condena por costas. Las mismas
fuentes apuntan a que no se le conoce ningún patrimonio a la madre
del agresor, al parecer de baja renta económica. El agresor fue
condenado por un delito de lesiones en el Juzgado de Menores y
cumplió la medida establecida por el mismo, en aplicación a la ley de
responsabilidad penal. Además, fue expedientado y expulsado del
instituto.

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